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EL CUARTO ESTADO, CUADRO DE GIUSEPPE PELLIZZA DA VOLPEDO

Administrar la precariedad II

Sobre la ley de empleo juvenil

Publicado: 2014-12-21

En los últimos días (y horas) la mayoría de los integrantes del Ejecutivo han salido a la escena pública para defender la ley de empleo juvenil. Estas declaraciones han sido poco articuladas entre sí y con “argumentos” poco elaborados. Hemos escuchado defensas del tipo “a los que tienen nada, al menos le damos algo” o “es un experimento” o “es un régimen voluntario, ¿cuál es el problema?” 

Más clara ha sido la defensa del gobierno cuando, con razón, atacan a la confundida oposición de fujimoristas y apristas que demanda ahora la derogación de la ley, luego que fue aprobada con sus votos.

Hubo también, las voces que defendieron la norma como Rosa María Palacios sustentando que esta norma combate de la informalidad laboral o, desde la otra orilla, voces como las de Luis Davelouis que sostienen que esta norma contribuye a la desigualdad.

En estos últimos 3 días aparecieron en la prensa dos muy buenos textos de opinión que me permiten desarrollar un par de ideas más. El primero es una entrevista a Elmer Cuba, quien sostiene que aquello que se necesita en el Perú es una reforma laboral integral.

Interpreto la idea de Elmer sobre la reforma laboral en el sentido que esta norma no es sino un ajuste accesorio a un problema mayor. (Opiné sobre que esta norma, lejos de ser buena o mala, es más bien “regularona”, pues atiende sin pretensiones un problema severo hace unos días). Este ajuste accesorio tiene además un doble efecto que sí es de mayor cuidado. Modificar las reglas de juego significa modificar el mercado laboral y la propia noción de trabajo. Se olvidan los múltiples factores motivacionales por los cuales las personas trabajamos: dinero, despliegue intelectual y físico, interacción social, búsqueda de estatus social, impulso creativo, entre otros. Y como bien sostiene Martín Hopenhayn, este complejo motivacional da cuenta que el trabajo impacta en asuntos productivos, pero también en asuntos relacionados con la organización del trabajo y la vida privada de los trabajadores.

El otro texto es un artículo de Augusto Álvarez Rodrich. Augusto sostiene que esta norma, como muchas otras políticas públicas, se debate entre el beneficio de algo y el sacrificio de otro tema. De acuerdo con él. Una política pública es ante todo un proceso de decisión. Es el “poder” que tiene el Estado para definir el bien común, lo que es bueno para todos o la mayoría. Pero este proceso deliberativo requiere de trabajo político. No es solo un proceso racional basado en cierto tipo d evidencia. La definición de una política pública es un acto esencialmente político que se sirve de la ciencia y la técnica, y no al revés. De lo contrario, el tradeoff al que alude Augusto corre el riesgo de mostrar su peor lado; es decir, producir injusticia, inequidad, desigualdad.

Sostuve en el post anterior, que si nada cambia con esta nueva ley, reafirmaremos todos que nuestro Estado se viene especializando, peligrosamente, en administrar precariedades. Con el paso de las horas, sostengo además que la orientación marcadamente tecnocrática del gobierno está empezando a mostrar sus límites. Constatar que la tecnocracia solo puede operar para mejorar en algo la precariedad sería una mala noticia para este modelo y una justificación poderosa para regresar a la política.

Escrito por

Ricardo Cuenca

Investigo en el IEP sobre el Estado y la educación. Siempre tengo primero una pregunta antes que una respuesta. @richicuenca


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Palimpsesto

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